Nos parece relevante informarles que todas las empresas, que tengan algún trabajador por cuenta ajena, deben disponer de un protocolo de acoso laboral y por razón de sexo además de un procedimiento de resolución interna de conflictos indicándole que el incumplimiento puede acarrear multas para su empresa desde su grado mínimo de 6.251.- euros y en su grado máximo de 187.515.-euros tal y como marca la ley sobre infracciones y sanciones en el orden social (LISOS) en su art. 8.
Un saludo.
Blanca España Ganzarain