Buenos días,
Os escribimos para informaros del siguiente cambio en el procedimiento de certificación de animales de compañía. A partir de ahora:
NO será necesario presentar un Certificado Veterinario de Salud (modelo Consejo General Colegios Veterinarios) en los siguientes casos:
* Certificados de doble firma (Japón, Australia, Islandia…)
* Países que aceptan el pasaporte europeo legalizado o sin legalizar.
* Certificados específicos (ASEs), siempre y cuando se pueda comprobar en el pasaporte europeo/cartilla de vacunación que el animal cumple todos los requisitos sanitarios del país de destino.
En caso de dudas, preguntar al Servicio de Sanidad Animal de la provincia.
Importacionanimal <importacionanimal@mapa.es>
Un saludo,