Colegiación

 COLEGIARSE EN LA RIOJA

  • Para ser admitido en el Colegio Oficial de Veterinarios de La Rioja, se acompañará a la solicitud en documento normalizado el correspondiente título original o testimonio notarial del mismo y certificación académica. El justificante por la Universidad de procedencia del abono de los derechos de expedición del título podrá suplir la ausencia del original, quedando obligado el colegiado a su presentación una vez le sea expedido.

  • Cuando el solicitante proceda de otra provincia, deberá presentar, además, un Certificado librado por el Colegio de origen, utilizando el modelo establecido al efecto por el Consejo General de Colegios Veterinarios de España en el que se exprese que está al corriente del pago de las cuotas colegiales y cargas legalmente exigibles y acredite que no está inhabilitado temporal o definitivamente para el ejercicio de la profesión. Si el solicitante procediera de alguno de los países miembros de la Unión Europea, deberá presentar la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa comunitaria.
  • El solicitante hará constar que va a ejercer la profesión, lugar en el que va a hacerlo, y modalidad de aquélla, y la especialidad, en su caso.
  • La Junta de Gobierno resolverá sobre las solicitudes de incorporación a los mismos, acordando, en el plazo máximo de un mes, lo que estimen pertinente acerca de la solicitud de inscripción. Pasado ese plazo sin contestación, se entenderá aprobada.
  • Las solicitudes de incorporación serán aprobadas o denegadas, de conformidad con lo dispuesto en los Estatutos. La Junta de Gobierno practicará las diligencias y recibirá los informes que, en su caso, considere oportunos y notificará la resolución motivada que proceda
  • Contra la decisión de la Junta de Gobierno en esta materia cabrá recurso ordinario ante el Consejo General de Colegios de Veterinarios de España.

SERVICIOS AL COLEGIARSE

GENERALES

  • Todo colegiado tiene derecho a realizar el ejercicio profesional veterinario dentro de la legalidad vigente, recibiendo protección y defensa de la organización colegial española.
  • Derecho a la persecución del intrusismo profesional así como de la competencia desleal en el ámbito de las competencias del Consejo General.
  • Disponer del adecuado asesoramiento jurídico-profesional, merced a los servicios jurídicos, fiscales y administrativos que mantiene el Consejo General.
  • Recibir defensa profesional a través de la acción colegial, cerca de las Instituciones estatales e internacionales.
  • En caso de reclamación o denuncia el Consejo pone a disposición de su defensa un perito.
  • Poder beneficiarse de la influencia de la Organización Colegial, a nivel nacional e internacional, sobre la toma de postura de la administración sanitaria y de agricultura a través de la emisión de informes, documentos y actos emanados del propio Consejo.
  • Recibir formación continuada para una adecuada actualización profesional, a través de cursos y actividades de este tipo que anualmente organiza del Consejo General.
  • Disponibilidad de seguros de vida.
  • Seguros de responsabilidad civil profesional.
  • Seguros, voluntarios, de accidentes.
  • Beneficios a recibir a través de las prestaciones sociales que proporciona el Consejo General (huérfanos, viudas, etc).
  • Derecho a recibir la revista «Información Veterinaria«, relativa a la actualidad de la organización colegial española, donde se incluyen contenidos diversos de interés profesional, información jurídica y legislativa, contenidos científicos-veterinarios, etc.
  • Derecho a poder ser incluido (currículum vitae) en la bolsa de trabajo.
  • Información actualizada de todas aquellas ofertas relacionadas con la profesión veterinaria que conozca la Institución.
  • Tarjetas de crédito en condiciones particulares dentro del colectivo profesional veterinario.

ESPECÍFICOS

  • Biblioteca.
  • Suscripción a revistas.
  • Acceso a Internet.
  • Asesoría Jurídica. El Colegio dispone de una asesoría jurídica para realizar consultas que puedan afectar al colectivo: Despacho de Abogados Purón.
  • Salón de actos, con capacidad para 80 personas, equipado con equipo multimedia, disponible para reuniones, presentaciones de producto, etc.

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